El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) autorizó a las empresas prestadoras de servicios a aplicar un aumento escalonado de hasta 29,6% en los servicios de telefonía, internet y televisión.
En el año, el Enacom ya había autorizado dos incrementos de 9,5% que fueron aplicados en las facturas desde el 1° de mayo y el 1° de julio, respectivamente.
La normativa indicó que cualquier incremento aplicado por las empresas que supere dichos topes deberá ser reintegrado a sus usuarios en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago.
La resolución también señala que las modificaciones que las empresas realicen sobre sus planes, precios y condiciones comerciales a partir de esta autorización, deberán ser comunicadas a Enacom al momento de su aplicación.
En el caso de que el usuario no abone su factura con incrementos superiores a los autorizados, las prestadoras no podrán suspender el servicio ni computar mora sobre esas facturas.