A través de la intervención de oficio de la Prefectura Naval a partir de un video que se viralizó en las redes sociales en donde se observa un velero que impactó contra una ballena en el Canal Beagle, la Justicia Federal deberá resolver si se cometió un delito o si se trató de un hecho fortuito e inevitable.
Protectoras de animales e incluso funcionarios del propio Gobierno de la Provincia salieron a repudiar el episodio. Lo cierto es que el hecho sucedió en noviembre del año pasado y los cuestionamientos surgieron ahora porque una persona de Ushuaia decidió publicar cómo el velero impacta contra la ballena mientras navegaba en el Canal en un día soleado.
Pero la publicación además tuvo repercusiones en la Prefectura, donde tras conocerse el hecho se iniciaron actuaciones sumarias que terminaron en el Juzgado Federal de Ushuaia. Según la fuerza naval las embarcaciones deben navegar con precaución y a una distancia de un cable cuando se detectan estos animales de gran porte que pueden generar inconvenientes en la navegación.
Pero otras voces contrarias que son navegantes, señalan que es imposible frenar para evitar el impacto porque el timonel no tiene visibilidad frente a la proa de ese tipo de embarcaciones sino que su campo visual es a una distancia muy superior. Lo cierto es que ahora será el fiscal Juan Soria quien determine si impulsa la acusación por maltrato de animales o si bien desestima el hecho.
En caso de que haya un requerimiento de instrucción será el juez Federal Federico Calvete el que ordene medidas si las considera pertinentes. Algunas voces del mundo náutico sostienen que es imposible maniobrar para evitar un impacto cuando se está muy próximo y el cetáceo asoma en la superficie. Y que será imposible probar el dolo (intencionalidad) por parte del timonel de que efectivamente tuvo la mala intención de embestir a la ballena.
Por otro lado hay que decir que sí hay normativa que prohíbe el acercamiento a este tipo de especies con lo cual el caso podría quedar en un castigo administrativo o algún tipo de multa con posible suspensión de la matricula de navegante.
El artículo 1° de la Ley Provincial N° 176, prohíbe toda actividad de acercamiento a cualquier especie de mamífero marino y zonas de nidificación de aves en las costas y mar de jurisdicción provincial durante todo el año calendario, sin autorización de la autoridad de aplicación de la Ley.
Desde la Secretaría de Ambiente se solicitó a las y los vecinos que tengan algún conocimiento de lo sucedido que pueda esclarecer el caso, comunicarse a [email protected]