Provinciales

Media sanción al proyecto de formación en Malvinas para funcionarios públicos

El Senado aprobó la iniciativa que tiene como objetivo capacitar al personal que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles sobre la causa Islas Malvinas. Giró a Diputados.

Antes del recambio legislativo en la sesión del jueves pasado, la Cámara de Senadores dio media sanción por 54 votos afirmativos al proyecto de ley que establece la capacitación obligatoria, periódica y permanente en la cuestión de las Islas Malvinas para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.

La iniciativa de la senadora fueguina Eugenia Duré (FdT) define como “la cuestión de las Islas Malvinas a la situación colonial en la que se encuentran las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos correspondientes, parte integrante del territorio argentino, que desde 1833 son objeto de una disputa de soberanía entre la Argentina y el Reino Unido, reconocida por la Asamblea General de las Naciones Unidas”.

En ese sentido propone:

  • La capacitación de las máximas autoridades de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación estará a cargo de la autoridad de aplicación, la cual se llevará a cabo en el marco de lo dispuesto por la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional.
  • La autoridad de aplicación deberá establecer los lineamientos generales de las capacitaciones, procurando la incorporación tanto de las dimensiones de sensibilización como de transmisión de conocimientos. También deberá garantizar las instituciones del sector académico y científico especializados en la materia y las de la sociedad civil y sus organizaciones.
  • El material desarrollado por la autoridad de aplicación será de libre disponibilidad, contemplando su difusión y circulación para actividades de capacitación que quisieran replicarse en jurisdicciones públicas provinciales o municipales, así como en otros ámbitos privados de la República Argentina.
  • Los lineamientos generales deberán contemplar, como mínimo, información referida a los argumentos históricos, geográficos, ambientales, jurídicos y políticos que esgrime la Nación Argentina en relación con la Cuestión de las Islas Malvinas. También deberán contemplar información relativa a la normativa nacional e internacional vigente.
  • Las máximas autoridades de los organismos de los poderes referidos son responsables de garantizar la implementación de las capacitaciones, que comenzarán a impartirse dentro del año de la entrada en vigencia de esta ley. A tal fin, los organismos públicos podrán realizar adaptaciones de materiales y/o programas vigentes, o desarrollar uno propio, debiendo respetar los lineamientos generales y contemplar la normativa nacional e internacional vigente.
  • La autoridad de aplicación certificará la calidad de las capacitaciones que elabore e implemente cada organismo, que deberán ser enviadas dentro de los 90 días siguientes a la confección de los lineamientos generales, pudiéndose realizar modificaciones y sugerencias para su mayor efectividad.
  • La autoridad de aplicación, en su página web, deberá brindar acceso público y difundir el grado de cumplimiento de las disposiciones de esta ley en cada uno de los organismos, identificando a las personas responsables de garantizar su cumplimiento. Publicará también un informe anual sobre el cumplimiento de lo dispuesto en esta ley, incluyendo la nómina de altas autoridades del país que se han capacitado.
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