El periodo de receso se dispuso a través de la acordada Nº 138, rubricada el 21 de octubre por los jueces del Superior Tribunal de Justicia.
Durante la feria se suspenderá el funcionamiento de los tribunales y el transcurso de los plazos procesales.
A los fines de garantizar el servicio de justicia, para la atención permanecerá en funciones un juez y un secretario por fuero y el personal mínimo indispensable para atender los requerimientos en el servicio de feria. Los Ministerios Públicos y las Unidades Funcionales dependientes de la Secretaría de Superintendencia y Administración también aplicarán el mismo criterio de guardia imprescindible.