āJurais por Dios, la Patria y estos Santos Evangelios desempeƱar fielmente el cargo de intendente de Ushuaia para el cual habĆ©is sido designado, observando y haciendo observar en cuanto a vos dependa la Constitución Nacional, Provincial y la Carta OrgĆ”nica Municipalā.
El juramento se hace religiosamente cada 4 años en un solemne acto en el que el público y familiares del Intendente de turno aplauden a rabiar el compromiso asumido tras la asunción del nuevo cargo público.
La mención sobre el cumplimiento de la Carta OrgĆ”nica Municipal en el juramento para asumir en la función pĆŗblica no es antojadizo. La propia Constitución Municipal obliga en su artĆculo 43 a que cada funcionario pĆŗblico jure hacer cumplir esta Carta OrgĆ”nica comprometiĆ©ndose a desempeƱar fielmente sus funciones.
A pesar del acuerdo al que suscriben los y las funcionarias electas cuando asumen un cargo pĆŗblico respecto del cumplimiento de la Carta OrgĆ”nica Municipal, determinados capĆtulos siguen siendo letra muerta y meros enunciados.
En ese sueño de los justos duermen varias herramientas de participación y transparencia de la gestión de gobierno.
Una de ellas estĆ” contemplada en el artĆculo 178 de la Carta OrgĆ”nica Municipal y estĆ” vinculada con la publicidad. Ese capĆtulo establece que en base a los principios de acceso a la información, transparencia en la gestión y a los fines de su control, el presupuesto anual establecerĆ” en forma desagregada una partida especĆfica en concepto de publicidad.
El apartado no solamente nunca fue agregado a un presupuesto municipal sino que ademĆ”s es difĆcil determinar los montos que se destinarĆ”n en ese concepto para todo un ejercicio.
Otra de las herramientas de la Carta OrgÔnica Municipal que se orientó para redistribuir recursos a favor de los grupos sociales mÔs vulnerables fue el presupuesto participativo.
Para que tengamos una idea de su importancia el Presupuesto Participativo consiste en un proceso de intervención directa, permanente, voluntaria y universal en el cual la ciudadanĆa conjuntamente con el gobierno, delibera y decide quĆ© polĆticas pĆŗblicas se deberĆ”n implementar con parte del presupuesto municipal.
Ustedes se preguntarƔn porque insistimos tanto en destacar las cuestiones que no se cumplimentan de una Carta OrgƔnica Municipal que fue considerada modelo a nivel nacional.
En principio porque la Constitución Municipal estarÔ cumpliendo 20 años en marzo próximo. Sin exagerar estaremos conmemorando dos décadas de incumplimientos en varios tramos de ese texto por el que cientos de funcionarios municipales juran cumplir y hacer cumplir al asumir en sus cargos.
Presupuesto participativo, desagregado de la publicidad estatal y Defensor del Vecino siguen siendo herramientas e institutos que no estƔn contempladas en los planes de las gestiones de gobierno municipal.
Sin ir mÔs lejos, el pasado 1º de octubre el proyecto de presupuesto municipal 2022 presentado al Concejo Deliberante no incluyó ninguno de estos instrumentos.
El horizonte en este sentido es gris teniendo en cuenta que la actual administración municipal no incorporó en ninguno de los 5 proyectos de presupuesto municipal -que le tocó elaborar- estos mecanismos participativos.
A fin de ser justos, marzo del 2022 serĆ” un momento de hacer un minuto de silencio por tantas gestiones que no acataron una norma constitucional.