Municipales

Se promulgó la ordenanza que adhiere a la Emergencia Ambiental de la provincia

El intendente de Ushuaia, Walter Vuoto, promulgó la Ordenanza que establece la adhesión de la ciudad por el plazo de 90 días a la Ley Provincial Nº1457, ‘Emergencia Ambiental por incendios forestales’.


Mediante Ordenanza Municipal Nº 6141, que fue sancionada por unanimidad semanas atrás en el Concejo Deliberante, se estableció la prohibición de hacer o producir cualquier clase de fuego en lugares agrestes dentro del ejido municipal durante la Emergencia Ambiental; es decir reservas naturales, espacios verdes, camping, bosque comunal, lugares de acampe y todo espacio abierto que se encuentre en zona de bosque o arbustos.


La norma además prevé un régimen de sanciones por incumplimiento a dicha prohibición; con multas de 300 a 3.000 UFAs. Teniendo en cuenta que la Unidad Fija a Aplicar asciende actualmente a $122, las multas más elevadas tendrán un costo de hasta 366 mil pesos.


De acuerdo a la Ordenanza, los fondos recaudados por ese concepto serán destinados específicamente a desarrollo de políticas de prevención y manejo del fuego; asimismo se autorizó al Ejecutivo Municipal a extender los plazos -90 días- en caso de que las condiciones climáticas lo ameriten, previo informe y notificación al Concejo Deliberante.


Asimismo, la normativa aprobada por unanimidad establece que el Ejecutivo Municipal deberá informar al Concejo sobre las contrataciones que se realicen a fin de atender las situaciones que pudieran requerirse en el marco de la ‘Emergencia Ambiental por incendios forestales’.


La Ordenanza Nº 6141, recientemente promulgada mediante Decreto Municipal Nº 18/2023, entrará en vigencia en los próximos días, una vez que la misma sea publicada en el Boletín Oficial.

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